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Foto del escritorChristian Correa

Autoconsumo Colectivo

Una Guía Completa para la Energía Compartida


La Guía IDAE 026 proporciona una guía completa sobre el autoconsumo colectivo de energía eléctrica en España. Explica las diferentes modalidades de autoconsumo colectivo, incluyendo el reparto de energía a través de coeficientes β, la tramitación administrativa necesaria, las opciones de conexión a la red, y el papel del gestor de autoconsumo. También incluye ejemplos prácticos y modelos de documentación. Finalmente, detalla la normativa aplicable y ofrece información sobre la compensación simplificada de excedentes.


Índice


Autoconsumo colectivo en España
Autoconsumo colectivo en España

Autoconsumo Colectivo: Una Guía Completa para la Energía Compartida


El autoconsumo de energía eléctrica está en auge, y el autoconsumo colectivo se posiciona como una alternativa prometedora para quienes desean beneficiarse de las energías renovables de manera colaborativa. En España, esta modalidad se encuentra regulada por el Real Decreto 244/2019, que sienta las bases para compartir la energía generada por una instalación entre varios consumidores.


El autoconsumo colectivo, a diferencia del individual, permite que un grupo de personas o empresas generen y consuman su propia electricidad de forma conjunta. La energía se reparte entre varios consumidores asociados a la instalación, abriendo un abanico de posibilidades que incluye comunidades de vecinos en edificios plurifamiliares, polígonos industriales, centros comerciales y agrupaciones de consumidores en entornos rurales.


Ventajas


Ventajas del autoconsumo colectivo
Ventajas del autoconsumo colectivo

El autoconsumo colectivo trae consigo una serie de ventajas atractivas. En primer lugar, permite un ahorro económico al compartir la energía generada, lo que se traduce en una reducción en la factura de electricidad. Además, fomenta el uso de energías limpias y sostenibles, contribuyendo así a la transición energética y a la disminución de las emisiones de CO2. Los participantes también gozan de una mayor independencia energética al depender menos de la red eléctrica convencional. Incluso, el autoconsumo colectivo se presenta como una herramienta para combatir la pobreza energética, ya que facilita el uso de edificios públicos para abastecer a consumidores vulnerables cercanos.



Modalidades


El Real Decreto 244/2019 establece diversas modalidades de autoconsumo colectivo. La modalidad sin excedentes se caracteriza por un consumo instantáneo de la energía generada, sin que se vierta ningún excedente a la red eléctrica.


En la modalidad sin excedentes, acogida a compensación, aunque no hay excedentes, los consumidores pueden acogerse a un mecanismo de compensación simplificada. La modalidad con excedentes, acogida a compensación implica que la energía no consumida se cede a la red y se compensa en la factura de cada consumidor de forma individual.


Finalmente, en la modalidad con excedentes, no acogida a compensación, la energía sobrante se vende al mercado eléctrico.


Reparto


En el corazón del autoconsumo colectivo se encuentra el reparto de la energía generada entre los consumidores asociados. Este reparto se establece mediante coeficientes β, fijados en un acuerdo firmado por todos los participantes. Estos coeficientes pueden ser fijos (iguales para todas las horas) o variables (distintos para cada hora del día).


El acuerdo de reparto puede basarse en diferentes criterios, como el consumo de energía, la potencia contratada o el porcentaje de participación en los costes de la instalación.


El gestor de autoconsumo

Para simplificar la gestión de los autoconsumos colectivos, el Real Decreto 244/2019 contempla la figura del Gestor de autoconsumo. Este gestor actúa como representante de los consumidores asociados ante las compañías distribuidoras y comercializadoras, centralizando las gestiones administrativas y de comunicación.


Gestor de autoconsumo
Gestor de autoconsumo

Entre sus funciones se encuentran: centralizar la documentación del autoconsumo colectivo (proyectos, autorizaciones, certificados de instalación eléctrica); apoyar en la definición de los criterios de reparto y la preparación del fichero de coeficientes β; activar el autoconsumo colectivo y gestionar la modificación de los contratos de acceso y suministro; tramitar la modificación del contrato de suministro con la compañía comercializadora, incluyendo la negociación del precio de los excedentes; gestionar las altas y bajas de consumidores asociados y la modificación del acuerdo de reparto si es necesario; acceder a la lectura del contador de generación neta y formular reclamaciones ante distribuidoras y comercializadoras; y realizar los trámites para la inscripción de la instalación en el Registro de Autoconsumo.


Tramitación

(Échale un vistazo a nuestra formación en tramitaciones aquí)


Los autoconsumos colectivos se rigen por un proceso de tramitación similar al de los individuales, con algunas particularidades. En edificios sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal, la instalación debe ser aprobada en Junta de Propietarios. El diseño de la instalación, realizado por una empresa instaladora habilitada, debe tener en cuenta la ubicación, los consumos pasados de los asociados y el momento en que se realizan dichos consumos.


Las exenciones en la solicitud de permisos de acceso y conexión, avales y garantías, dependen de la potencia de la instalación y la modalidad de autoconsumo. Se aplican las mismas normativas que para instalaciones individuales en cuanto a autorizaciones ambientales, licencia de obras e impuesto de construcciones y obras.


La ejecución de la instalación debe cumplir con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT). No siempre son obligatorias las inspecciones iniciales y periódicas, dependiendo de la potencia y la ubicación de la instalación. Se necesitan los certificados de instalación y fin de obra para legalizar la instalación. La autorización de explotación suele asimilarse al certificado de instalación diligenciado por la comunidad autónoma.


En la tramitación con compañías eléctricas y reparto de la energía, cada consumidor debe actualizar sus contratos de acceso y suministro, o delegar la gestión al Gestor de autoconsumo. La licencia de actividad solo es necesaria para instalaciones con excedentes no acogidos a compensación, ya que realizan actividad económica.


La inscripción en registros es obligatoria para todas las instalaciones de autoconsumo y, en general, la gestionan las comunidades autónomas de oficio. Se necesita un contrato de venta de energía si la modalidad es con excedentes no acogidos a compensación. Las notificaciones operacionales solo son aplicables a instalaciones con excedentes de cierta potencia o características.


Esquema de conexión


El Real Decreto 244/2019 contempla dos tipos de conexión para los consumidores asociados: conexión en red interior, donde la instalación se conecta a la red interna de uno o varios consumidores, y conexión a través de red, donde la instalación se conecta a la red de distribución y los consumidores asociados se benefician de la energía a través de la red. El esquema de conexión dependerá de las características de la instalación y la ubicación de los consumidores. La normativa establece requisitos de distancia para la conexión a través de red.


Esquema de conexión
Esquema de conexión

En definitiva, el autoconsumo colectivo se erige como una opción viable y atractiva para aprovechar las energías renovables en entornos compartidos. La normativa española proporciona un marco regulatorio claro y flexible, y la figura del Gestor de autoconsumo simplifica la gestión y la tramitación administrativa. El autoconsumo colectivo no solo representa un beneficio económico para los participantes, sino que también impulsa la sostenibilidad y la transición hacia un modelo energético más limpio y responsable.



Lo mismo pero resumido 📒


Ventajas del Autoconsumo Colectivo:


  • Ahorro económico: Al compartir la energía generada, los consumidores asociados pueden reducir sus costes en la factura de electricidad.

  • Energía limpia y sostenible: El autoconsumo colectivo fomenta el uso de energías renovables, contribuyendo a la transición energética y la reducción de emisiones de CO2.

  • Mayor independencia energética: Los participantes en el autoconsumo colectivo reducen su dependencia de la red eléctrica convencional.

  • Combate la pobreza energética: Permite el uso de edificios públicos para proporcionar energía a consumidores vulnerables cercanos.


Modalidades de Autoconsumo Colectivo:


El Real Decreto 244/2019 contempla diferentes modalidades de autoconsumo colectivo:

  • Sin excedentes: La energía generada se consume instantáneamente, sin que se vierta ningún excedente a la red eléctrica.

  • Sin excedentes, acogida a compensación: Si bien no hay excedentes, los consumidores pueden acogerse a un mecanismo de compensación simplificada.

  • Con excedentes, acogida a compensación: La energía no consumida se cede a la red y se compensa en la factura de cada consumidor individualmente.

  • Con excedentes, no acogida a compensación: La energía sobrante se vende al mercado eléctrico.


Reparto de la Energía:

La clave del autoconsumo colectivo reside en el reparto de la energía generada entre los consumidores asociados. Este reparto se realiza mediante coeficientes β que se establecen en un acuerdo firmado por todos los participantes. Los coeficientes pueden ser fijos (iguales para todas las horas) o variables (distintos para cada hora del día). El acuerdo de reparto puede basarse en diferentes criterios, como el consumo de energía, la potencia contratada o el porcentaje de participación en los costes de la instalación.


Gestión del Autoconsumo Colectivo:

Para facilitar la gestión de los autoconsumos colectivos, el Real Decreto 244/2019 contempla la figura del Gestor de autoconsumo. Este gestor actúa como representante de los consumidores asociados ante las compañías distribuidoras y comercializadoras, centralizando las gestiones administrativas y de comunicación. Sus funciones pueden incluir:


  • Centralizar la documentación del autoconsumo colectivo: Proyectos, autorizaciones y certificados de instalación eléctrica.

  • Apoyar en la definición de los criterios de reparto y la preparación del fichero de coeficientes β.

  • Activar el autoconsumo colectivo y gestionar la modificación de los contratos de acceso y suministro.

  • Tramitar la modificación del contrato de suministro con la compañía comercializadora, incluyendo la negociación del precio de los excedentes.

  • Gestionar las altas y bajas de consumidores asociados, y la modificación del acuerdo de reparto en caso necesario.

  • Acceder a la lectura del contador de generación neta y formular reclamaciones ante distribuidoras y comercializadoras.

  • Realizar los trámites para la inscripción de la instalación en el Registro de Autoconsumo.



Tramitación Administrativa:

Los autoconsumos colectivos siguen un proceso de tramitación similar al de los individuales, con algunas particularidades:


  • Aprobación en Junta de Propietarios: En edificios sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal, la instalación debe ser aprobada en Junta de Propietarios.

  • Diseño de la instalación: Realizado por una empresa instaladora habilitada, el diseño debe considerar la ubicación, los consumos pasados de los asociados y el momento en que se realizan dichos consumos.

  • Permisos de acceso y conexión, avales y garantías: Las exenciones en la solicitud de estos permisos varían según la potencia de la instalación y la modalidad de autoconsumo.

  • Autorizaciones ambientales, licencia de obras e impuesto de construcciones y obras: Se aplican las mismas normativas que para instalaciones individuales.

  • Ejecución de la instalación: Debe cumplir con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).

  • Inspección inicial e inspecciones periódicas: No siempre son obligatorias, dependiendo de la potencia y la ubicación de la instalación.

  • Certificados de instalación y fin de obra: Necesarios para legalizar la instalación.

  • Autorización de explotación: Generalmente se asimila al certificado de instalación diligenciado por la comunidad autónoma.

  • Tramitación con compañías eléctricas y reparto de la energía: Cada consumidor debe actualizar sus contratos de acceso y suministro, o delegar la gestión al Gestor de autoconsumo.

  • Licencia de actividad: Solo necesaria para instalaciones con excedentes no acogidos a compensación, ya que realizan actividad económica.

  • Inscripción en registros: Obligatoria para todas las instalaciones de autoconsumo, generalmente gestionada de oficio por las comunidades autónomas.

  • Contrato de venta de energía: Necesario si la modalidad es con excedentes no acogidos a compensación.

  • Notificaciones operacionales: Solo aplicables a instalaciones con excedentes de cierta potencia o características.



Esquemas de Conexión:

El Real Decreto 244/2019 permite dos tipos de conexión para los consumidores asociados:

  • Conexión en red interior: La instalación de generación se conecta a la red interna de uno o varios consumidores.

  • Conexión a través de red: La instalación se conecta a la red de distribución, y los consumidores asociados se benefician de la energía a través de la red.


El esquema de conexión dependerá de las características de la instalación y la ubicación de los consumidores. La normativa establece requisitos de distancia para la conexión a través de red.



En resumen, el autoconsumo colectivo se presenta como una opción viable y atractiva para el aprovechamiento de las energías renovables en entornos compartidos. La normativa española ofrece un marco regulatorio claro y flexible, y la figura del Gestor de autoconsumo facilita la gestión y la tramitación administrativa.
El autoconsumo colectivo no solo implica un beneficio económico para los participantes, sino que también contribuye a la sostenibilidad y la transición hacia un modelo energético más limpio y responsable.


Ahora la guía tipo check list ✅


Fase Previa:

[ ] Identificar a los consumidores interesados en participar en el autoconsumo colectivo.

[ ] Definir las necesidades energéticas de cada consumidor y sus expectativas frente al autoconsumo.

[ ] Seleccionar el tipo de generación preferida (fotovoltaica, eólica, etc.).

[ ] Determinar la ubicación de la instalación de generación y verificar la disponibilidad de espacio.

[ ] Establecer un presupuesto y analizar las opciones de financiación.


Diseño y Tramitación:

[ ] Contactar con una empresa instaladora habilitada para el diseño de la instalación.

[ ] Obtener la aprobación en Junta de Propietarios (en caso de edificios sujetos a la LPH).

[ ] Tramitar los permisos de acceso y conexión, avales y garantías (si son necesarios).

[ ] Solicitar las autorizaciones ambientales y la licencia de obras.

[ ] Liquidar el impuesto de construcciones y obras.


Ejecución y Puesta en Marcha:

[ ] Supervisar la ejecución de la instalación de acuerdo con el REBT.

[ ] Realizar la inspección inicial (si es obligatoria).

[ ] Obtener los certificados de instalación y fin de obra.

[ ] Tramitar la autorización de explotación.


Gestión del Autoconsumo Colectivo:

[ ] Definir los criterios de reparto de la energía y asignar los coeficientes β.

[ ] Firmar el acuerdo de reparto de energía entre todos los consumidores asociados.

[ ] Nombrar un Gestor de autoconsumo (opcional, pero recomendable).

[ ] Gestionar la modificación de los contratos de acceso y suministro.

[ ] Inscribir la instalación en el Registro de Autoconsumo.

[ ] Gestionar las altas y bajas de consumidores, y la modificación del acuerdo de reparto.


Mantenimiento y Seguimiento:

[ ] Realizar las inspecciones periódicas de la instalación.

[ ] Monitorear el funcionamiento del autoconsumo colectivo y el reparto de la energía.

[ ] Revisar y actualizar los coeficientes β según las necesidades de los consumidores.

[ ] Mantener una comunicación fluida entre los consumidores asociados y el Gestor de autoconsumo.


Esta check list proporciona una visión general de los pasos a seguir para implementar y gestionar un autoconsumo colectivo. Sin embargo, es fundamental consultar la normativa vigente que puedes descargar aquí. 👇



Recuerda contar con el asesoramiento de profesionales cualificados en cada etapa del proceso.


Fuente: IDAE



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